SCJN avala mecanismos para retirar contenido de internet: ¿censura?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado legales los mecanismos de aviso y retirada de contenido en internet, permitiendo que particulares puedan solicitar a sitios web bajar contenido que presuntamente viole la Ley de Derechos de Autor. Esta decisión, avalada por seis de los 11 ministros, ha generado preocupación entre diversas organizaciones civiles que consideran que estos mecanismos son arbitrarios y atentan contra la libertad de expresión.
Decisión de la SCJN sobre los mecanismos de aviso y retirada
Este jueves, el Pleno de la SCJN continuó la discusión de las reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor y al Código Penal Federal, aprobadas en 2020. Los ministros Jorge Pardo Rebolledo, Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek, junto con las ausentes Margarita Ríos Farjat y Loretta Ortíz Alhf, formaron la mayoría que consideró estos mecanismos como constitucionales, argumentando que auxilian en la prevención de contenido que vulnera el derecho de autor.
Opiniones contrarias de los ministros
En contraste, los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, Lenia Batres Guadarrama y la ministra presidenta Norma Piña Hernández se manifestaron en contra de estos mecanismos. Ellos consideran que vulneran derechos fundamentales como la libertad de expresión y el derecho a la información.
Reacciones de organizaciones civiles
Organizaciones como Artículo 19 y R3D han expresado su preocupación ante la decisión de la SCJN. Artículo 19, en particular, se pronunció en contra del fallo, señalando que la Suprema Corte no estuvo a la altura de la protección de la libertad de expresión y el derecho a la información. La organización afirmó que estos mecanismos permiten la censura en internet contemplados en la Ley Federal del Derecho de Autor.
Riesgos de censura y arbitrariedad
Leopoldo Maldonado, miembro de Artículo 19, explicó que estos mecanismos permiten que particulares ordenen a proveedores digitales el retiro o suspensión de contenidos sin necesidad de demostrar la legitimidad de su supuesta autoría. Según Maldonado, «este mecanismo puede ser utilizado por actores de mala fe que no necesitan demostrar la violación a un derecho autoral para que este contenido sea bajado».
Artículo 19 ha documentado cómo estas facultades de moderación de contenidos, de bajada y suspensión de cuentas no son transparentes, no respetan el debido proceso y los derechos humanos. La organización considera que con estos incentivos legales, se empuja hacia la arbitrariedad y la censura.