Senado aprueba reforma de supremacía constitucional que bloquea impugnaciones y limita derechos humanos
El Senado de la República aprobó la reforma de supremacía constitucional, con la cual se bloquea la posibilidad de amparos y controversias contra modificaciones a la Carta Magna, estableciendo un nuevo nivel de blindaje para las reformas aprobadas por el Congreso. La modificación, avalada por 23 congresos estatales, fue turnada al Diario Oficial de la Federación para su publicación y entrada en vigor, mientras activistas advierten sobre riesgos a los derechos humanos y al sistema de contrapesos en México.
Reforma de supremacía constitucional en México: ¿qué significa y cómo afecta los derechos humanos?
La reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue aprobada por el Senado el pasado jueves 30 de octubre. Este cambio impide el uso de amparos, acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales para impugnar reformas constitucionales aprobadas por el Congreso. Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, confirmó que el documento fue remitido al Diario Oficial de la Federación, con el fin de salvaguardar la supremacía de la Constitución y evitar que cualquier entidad se coloque “por encima de la Constitución”.
Aprobación exprés de congresos estatales despierta polémica
Miguel Alfonso Meza, presidente de la asociación Defensorxs, expresó su preocupación al considerar que esta reforma “cierra absolutamente la puerta para defender los derechos humanos que puedan ser violados o eliminados con alguna reforma constitucional”. Meza explicó que, al establecerse este nivel de protección para las reformas de Morena y sus aliados, se crea un escenario sin contrapesos en el que cualquier cambio, incluso aquellos que reduzcan derechos humanos, no podría ser cuestionado ni revertido.
“No es una reforma de supremacía constitucional, es una reforma de supremacía de Morena sobre la Constitución”, destacó Meza.
Meza también recordó que en situaciones anteriores, como el caso de la “Ley Mordaza” en Veracruz, se ha usado el sistema judicial para impedir reformas que limitan derechos; sin embargo, bajo la nueva reforma, ya no existiría un mecanismo para cuestionar disposiciones similares si se incluyen en la Constitución.
Activistas advierten sobre riesgos y falta de contrapesos en nueva reforma
El proyecto fue avalado rápidamente en los congresos locales, logrando el respaldo de 23 legislaturas en menos de 20 horas. Claudia Edith Anaya Mota, legisladora del PRI, criticó la celeridad con que los congresos aprobaron la enmienda, cuestionando la falta de discusión y análisis en algunos de ellos.
“Hubo congresos que en 20 minutos hicieron el trámite. ¿A qué hora leen, estudian o comprenden que están destruyendo al país?”, cuestionó Anaya.
Por otra parte, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, defendió la aprobación al señalar que el proceso siguió lo estipulado y que representa el respaldo de la “soberanía popular”.
Desafíos y opciones de impugnación
Aunque la reforma establece límites, Meza explicó que aún podrían existir dos vías para impugnarla: una a través del poder reformador de la Constitución, recordando que los poderes legislativos no son absolutos, y otra, en caso de una violación a los principios de progresividad y no regresividad en derechos humanos.
La declaratoria de aprobación por parte del Senado marca el inicio de la etapa de publicación, implementación y futuras interpretaciones en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien podría recibir solicitudes para sobreseer controversias previas a la reforma, dejando un debate abierto sobre los efectos de la supremacía constitucional y los límites en la protección de derechos